Capítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición final cuarta

En vigor desde 2 ene 2027
Se faculta a la persona titular del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 para aprobar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo de este real decreto.
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eli/es/rd/2026/07/15/592#disposicion-final-cuarta

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