Capítulo DISPOSICIONES FINALES

Art. Primera

En vigor desde 1 jun 1989
Queda suprimida la Junta Superior de Bibliotecas. El apartado c) del artículo 10 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, queda redactado en los siguientes términos: c) «El Consejo Coordinador de Bibliotecas».
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eli/es/rd/1989/05/19/582#primera

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