Art. Disposición adicional sexta

En vigor desde 13 jun 2026
Todas las referencias a la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado se entenderán hechas a la Mutualidad General de Funcionarias y Funcionarios Civiles del Estado. Se añade por el .15 del Real Decreto 466/2026, de 10 de junio. Ref. BOE-A-2026-12711#at

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eli/es/rd/1997/04/18/577#disposicion-adicional-sexta

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