Capítulo CAPÍTULO V
Art. 25
En vigor desde 1 sept 2023
El incumplimiento de las obligaciones establecidas en este real decreto será constitutivo de infracción a los efectos de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 19/2003, de 4 de julio.
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Proeli/es/rd/2023/07/04/571#art-25