Capítulo CAPÍTULO V

Art. 24

En vigor desde 1 sept 2023
El cambio de domicilio social de personas jurídicas o el traslado de residencia de personas físicas determinarán el cambio en la calificación de una inversión como española en el exterior o extranjera en España.
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eli/es/rd/2023/07/04/571#art-24

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