Título TÍTULO XVCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional decimosexta

En vigor desde 30 jun 2011
En las contrataciones de los extranjeros titulares de las autorizaciones de trabajo para actividades de duración determinada y para estudiantes no se cotizará por la contingencia de desempleo.
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eli/es/rd/2011/04/20/557#disposicion-adicional-decimosexta

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