Capítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición derogatoria única

En vigor desde 9 feb 2013
A la entrada en vigor de este real decreto, quedan derogados: a) El Real Decreto 1201/2005, de 10 de octubre, sobre protección de los animales utilizados para experimentación y otros fines científicos. b) El artículo 11 del Real Decreto 751/2006, de 16 de junio, sobre autorización y registro de transportistas y medios de transporte de animales y por el que se crea el Comité español de bienestar y protección de los animales de producción.
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eli/es/rd/2013/02/01/53#disposicion-derogatoria-unica

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