Art. Décima

En vigor desde 29 sept 2019
El Consejo Social tendrá, al menos, las funciones de: – Proponer las directrices plurianuales y el plan de trabajo del Centro. – Informar la propuesta de presupuesto y el balance anual, así como la de nombramiento del director del Centro. – Aprobar la memoria anual de actividades y su propio reglamento de funcionamiento. – Conocer el informe anual de evaluación del centro, supervisar la eficacia de sus servicios. – Colaborar en la búsqueda de financiación complementaria o de equipamiento del Centro.
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eli/es/rd/2019/09/13/525#decima

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