Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Disposiciones generales
Art. 5
En vigor desde 25 jun 2024
Los UAS incluidos en el ámbito de aplicación de este real decreto, el personal y las organizaciones que realicen operaciones distintas de las actividades o servicios no EASA realizados directamente por un organismo investido de autoridad pública reguladas en el capítulo III, además de estar sujetos a las disposiciones aplicables del Reglamento Base, del Reglamento Delegado y del Reglamento de Ejecución, quedan sujetos a lo dispuesto en este real decreto.
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Proeli/es/rd/2024/06/04/517#art-5