Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 32
En vigor desde 12 jul 2015
1. Los órganos de gobierno del Consejo General son la Asamblea General y la Junta de Gobierno.
2. Los órganos de gobierno tienen plena independencia para el ejercicio de las funciones emanadas de la normativa vigente y de los presentes Estatutos, velando, en todo caso, por la actuación conjunta y coordinada para el cumplimiento de los fines últimos del Consejo.
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Proeli/es/rd/2015/06/19/517#art-32