Art. 32
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 32

39 / 76
En vigor desde 12 jul 2015
1. Los órganos de gobierno del Consejo General son la Asamblea General y la Junta de Gobierno. 2. Los órganos de gobierno tienen plena independencia para el ejercicio de las funciones emanadas de la normativa vigente y de los presentes Estatutos, velando, en todo caso, por la actuación conjunta y coordinada para el cumplimiento de los fines últimos del Consejo.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2015/06/19/517#art-32