Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 8 may 2020
Quedan suprimidos los siguientes órganos: a) La Subdirección General de Promoción de Industrias Culturales y Mecenazgo. b) La Subdirección General de Cooperación y Promoción Internacional de la Cultura. c) La Subdirección General de Protección del Patrimonio Histórico. d) La Subdirección General de Promoción de las Bellas Artes. e) La División de Recursos.
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eli/es/rd/2020/05/05/509#disposicion-adicional-primera

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