Art. 7

En vigor desde 7 may 2010
1. El Ministerio de Educación se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos: a) La Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, de la que dependen los siguientes órganos directivos: 1.º La Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial. 2.º La Dirección General de Formación Profesional. b) La Secretaría General de Universidades, de la que dependen los siguientes órganos directivos: 1.º La Dirección General de Política Universitaria. 2.º La Dirección General de Formación y Orientación Universitaria. c) La Subsecretaría de Educación, de la que depende la Secretaría General Técnica. 2. Queda suprimida la Dirección General de Relaciones Internacionales. El apartado 2 entra en vigor el 1 de julio de 2010, según establece la disposición final 3.
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eli/es/rd/2010/04/30/495#art-7

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