Art. 6
En vigor desde 15 may 2010
1. El Ministerio de Fomento se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:
a) La Secretaría de Estado de Planificación e Infraestructuras, de la que depende la Secretaría General de Infraestructuras, con rango de Subsecretaría, de la que dependen, a su vez, los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General de Carreteras.
2.º La Dirección General de Infraestructuras Ferroviarias.
b) La Secretaría de Estado de Transportes, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General de Aviación Civil.
2.º La Secretaría General de Transportes, con rango de Subsecretaría, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
a. La Dirección General de Transporte Terrestre.
b. La Dirección General de la Marina Mercante.
c) La Secretaría General de Relaciones Institucionales y Coordinación, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General de Relaciones Institucionales.
2.º La Dirección General del Instituto Geográfico Nacional.
d) La Subsecretaría de Fomento, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Secretaría General Técnica.
2.º La Dirección General de Programación Económica y Presupuestos.
3.º La Inspección General de Fomento.
2. Quedan suprimidos los siguientes órganos directivos:
a) La Dirección General de Planificación.
b) La Dirección General de Servicios.
Se modifica el apartado 1 por la disposición final 1 del Real Decreto 638/2010, de 14 de mayo. Ref. BOE-A-2010-7797
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2010/04/30/495#art-6