Libro TRATADO PRIMEROTítulo TÍTULO IIISecc. De los Mandos de las Unidades de Fuerzas Aéreas§ Del Jefe de Grupo

Art. 57

Derogado
En vigor desde 1 abr 1984
Dedicará preferente atención a que las misiones de vuelo se ejecuten correctamente; que se observen las normas de disciplina y seguridad de vuelo; que los Escuadrones dispongan de la necesaria información operativa y meteorológica y que adquieran el nivel operativo requerido.
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eli/es/rd/1984/02/22/494#art-57

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