Libro TRATADO PRIMERO›Título TÍTULO III›Secc. De los Mandos en el Ala de Fuerzas Aéreas›§ Del Jefe de Ala
Art. 52
DerogadoEn vigor desde 1 abr 1984
Las atribuciones del Jefe de Ala sobre el personal de otras Unidades Aéreas que con carácter temporal o permanente radiquen en su Base, o a las que haya de prestar apoyo logístico circunstancialmente, serán en todo lo relacionado con la disciplina y régimen interior las que se determinan en estas Reales Ordenanzas.
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Proeli/es/rd/1984/02/22/494#art-52