Libro TRATADO SEGUNDO›Título TÍTULO IX›Secc. Servicios de orden›§ Del Sargento de Servicio Interior
Art. 260
DerogadoEn vigor desde 1 abr 1984
Durante el relevo del servicio, el saliente entregará al entrante la Carpeta de Órdenes, informándole de cuantas novedades sean de interés, así como de las instrucciones verbales recibidas; el entrante se asegurará que el personal bajo sus órdenes es el previsto y conoce sus obligaciones y comprobará el armamento, material, utensilio y efectos de la Escuadrilla a su cargo.
Una vez concluido el relevo, los Sargentos, entrante y saliente, darán novedades al Oficial de Servicio Interior.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 78, de 31 de marzo de 1984. Ref. BOE-A-1984-7808 .
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1984/02/22/494#art-260