Libro TRATADO SEGUNDO›Título TÍTULO IX›Secc. Servicios de armas›§ Del Servicio en el Centro de Comunicaciones
Art. 236
DerogadoEn vigor desde 1 abr 1984
En el relevo, el jefe del servicio saliente entregará al entrante la Carpeta de Órdenes, informándole de cuantas novedades sean de interés, así como de las instrucciones recibidas. El entrante se hará cargo del material y equipo asignado al servicio, comprobará que las instalaciones y equipos del Centro de Comunicaciones funcionan correctamente y se asegurará que el personal a sus órdenes es el previsto y conoce sus obligaciones.
Efectuado el relevo darán novedades a su mando orgánico y al Capitán de Día, quienes prevendrán al entrante sobre aquellos asuntos que consideren merecen especial atención.
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Proeli/es/rd/1984/02/22/494#art-236