Capítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición final primera

En vigor desde 2 ene 2023
El presente real decreto, que tiene carácter de norma básica, se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.16.ª de la Constitución.
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eli/es/rd/2022/06/21/487#disposicion-final-primera

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