Art. Disposición final tercera
En vigor desde 14 abr 2004
El párrafo b) del artículo 2 del Real Decreto 372/2003, de 28 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de establecimientos de gallinas ponedoras, queda modificado como sigue:
«b) Establecimientos: todos los lugares de producción en los que se ubiquen gallinas ponedoras con fines comerciales, excepto los destinados exclusivamente a la cría de gallinas ponedoras reproductoras.»
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Proeli/es/rd/2004/03/26/479#disposicion-final-tercera