Art. Preambulo

En vigor desde 2 jun 2002
El sector del azúcar ha sido objeto de una regulación singular en el ámbito comunitario. Así, el Reglamento (CE) 1260/2001, del Consejo, de 19 de junio, que establece la Organización Común de Mercados en el sector del azúcar, fija la posibilidad de conceder restituciones por la utilización de determinados productos del sector del azúcar que se empleen en la industria química, de trasladar parte del azúcar producido en una campaña a la siguiente y fusionar parte de la producción de isoglucosa y la comunicación a la Comisión de los datos necesarios para la aplicación de este Reglamento. Posteriormente, el Reglamento (CE) 1265/2001, de la Comisión, de 27 de junio, establece las modalidades de aplicación del Reglamento (CE) 1260/2001 en lo que se refiere a la concesión de la restitución por la utilización de determinados productos del sector del azúcar en la industria química. Con anterioridad, el Reglamento (CEE) 65/1982 de la Comisión, de 13 de enero, establece las modalidades de aplicación para el traslado de azúcar de una campaña a la campaña de comercialización siguiente, y el Reglamento (CE) 314/2002, de la Comisión, de 20 de febrero, por el que se establecen las modalidades de aplicación del régimen de cuotas en el sector del azúcar, prevé la posibilidad de fusionar la producción de isoglucosa del mes de junio de una campaña con la del mes de julio de la campaña siguiente para imputación a cuenta de esta última. Finalmente, el Reglamento (CE) 779/1996, de la Comisión, de 29 de abril, establece las comunicaciones en el sector del azúcar que los Estados miembros deben efectuar a la Comisión. Sin perjuicio de la aplicabilidad directa de los Reglamentos comunitarios y en aras de una mayor comprensión por parte de los interesados, se considera conveniente reproducir parcialmente algunos aspectos de la reglamentación comunitaria. En su virtud, a propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de mayo de 2002, DISPONGO:
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