Art. 2

En vigor desde 3 abr 2011
Son objetivos y principios que inspiran el presente real decreto los siguientes: a) Impulsar el desarrollo de la Sociedad Digital. b) Promover el uso del dominio público radioeléctrico como factor de desarrollo técnico, económico, de seguridad, del interés público, social y cultural. c) Garantizar un uso más eficaz y eficiente del dominio público radioeléctrico. d) Promover el desarrollo y la utilización de nuevos servicios, redes y tecnologías. e) Fomentar una mayor competencia en el mercado de las comunicaciones electrónicas. f) Promover la realización de inversiones en infraestructuras. g) Impulsar la mayor extensión de la cobertura de los servicios de comunicaciones electrónicas. h) Fomentar la innovación. i) Generalizar la aplicación de los principios de neutralidad tecnológica y de servicios en el uso del espectro radioeléctrico. j) Ampliar las bandas de frecuencia en las que se puede efectuar la transferencia de títulos habilitantes o cesión de derechos de uso del dominio público radioeléctrico.
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eli/es/rd/2011/04/01/458#art-2

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