Art. Disposición final octava
En vigor desde 16 jun 2022
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.17.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de régimen económico de la Seguridad Social.
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Proeli/es/rd/2022/06/14/453#disposicion-final-octava