Art. Disposición Final

En vigor desde 27 mar 1983
El presente Real Decreto entrará en vigor a los veinte días siguientes de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/1983/02/09/437#disposicion-final

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil