Art. 1
En vigor desde 19 jun 2018
1. La Presidencia del Gobierno, bajo la superior dirección del Presidente del Gobierno, desarrolla las funciones que se contemplan en el presente real decreto a través de los siguientes órganos superiores y directivos:
a) El Gabinete del Presidente del Gobierno.
b) La Secretaría de Estado de Comunicación.
c) La Dirección adjunta del Gabinete del Presidente del Gobierno.
d) La Secretaría General de la Presidencia del Gobierno.
e) La Secretaría General de Asuntos Internacionales, Unión Europea, G20 y Seguridad Global.
f) El Alto Comisionado para la lucha contra la pobreza infantil.
g) El Alto Comisionado para la Agenda 2030.
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Proeli/es/rd/2018/06/18/419#art-1