Art. 3

En vigor desde 28 may 2025
La Intervención General de la Seguridad Social desempeñará sus funciones y competencias bajo la dependencia funcional de la Intervención General de la Administración del Estado, a través de su estructura central, señalada en el artículo 5, y de los órganos periféricos previstos en el artículo 11.
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eli/es/rd/2025/05/27/412#art-3

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