Art. 11

En vigor desde 30 jun 2019
La financiación se efectuará con cargo al crédito disponible en la aplicación presupuestaria 21.01.411M.770, «Apoyo financiero por daños ocasionados por sequía y otras causas extraordinarias», de los vigentes Presupuestos Generales del Estado, estando condicionada la concesión de las subvenciones a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la concesión.
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eli/es/rd/2019/06/28/411#art-11

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