Art. 9

En vigor desde 10 ago 2001
Cuando en una misma instalación se almacenen, carguen y descarguen o trasieguen distintas clases de productos químicos, que dé lugar a la aplicación de diferentes ITCs, será exigible la observancia de las prescripciones técnicas más severas.
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eli/es/rd/2001/04/06/379#art-9

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