Art. 3
En vigor desde 28 abr 2024
1. La Comisión Interministerial para la incorporación de criterios de innovación en la contratación pública tendrá la siguiente composición:
a) Presidencia: la persona titular de la Secretaría General de Innovación del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
b) Vicepresidencia primera: la persona titular de la Subdirección General de Coordinación de la Innovación del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
c) Vicepresidencia segunda: una persona representante de la Dirección General de Patrimonio del Estado del Ministerio de Hacienda, titular de un órgano con rango de Subdirección General o equivalente.
d) Vocalías:
1.º Una persona representante de cada uno de los departamentos ministeriales, designada por la persona titular de la correspondiente Subsecretaría, titular de un órgano con rango de Subdirección General o equivalente. En el caso de Ministerio de Defensa, será designada por la persona titular de la Secretaría de Estado de Defensa.
2.º Una persona representante de la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación del Ministerio de Hacienda, designada por la persona titular de su Subsecretaría, titular de un órgano con rango de Subdirección General o equivalente.
3.º Una persona representante de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, designada por la persona titular de su Subsecretaría, titular de un órgano con rango de Subdirección General o equivalente.
4.º Una persona representante de la Dirección General de Estrategia Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Industria y Turismo, designada por la persona titular de su Subsecretaría, titular de un órgano con rango de Subdirección General o equivalente.
5.º La persona titular de la Subdirección General de Planificación, Tecnología e Innovación del Ministerio de Defensa.
6.º Una persona representante de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, designada por la persona titular de su Subsecretaría, titular de un órgano con rango de Subdirección General o equivalente.
7.º Una persona representante de la Secretaría General de Salud Digital, Información e Innovación del Sistema Nacional de Salud del Ministerio de Sanidad, designada por la persona titular de su Subsecretaría, titular de un órgano con rango de Subdirección General o equivalente.
8.º Una persona representante de la Secretaría General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, designada por la persona titular de su Subsecretaría, titular de un órgano con rango de Subdirección General o equivalente.
9.º Una persona representante de la Secretaría General de Inclusión del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, designada por la persona titular de su Subsecretaría, titular de un órgano con rango de Subdirección General o equivalente.
10.º Una persona representante de la Dirección General de Derechos de las Personas con Discapacidad del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, designada por la persona titular de su Subsecretaría, titular de un órgano con rango de Subdirección General o equivalente.
11.º Una persona representante de la Intervención General de la Administración del Estado, designada por el Interventor General de la Administración del Estado.
12.º Una persona designada por la persona titular de la Presidencia de la Comisión Interministerial para la incorporación de criterios ecológicos en la contratación pública, a propuesta de la persona titular de la Subsecretaría del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
13.º Una persona representante de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación, designada por la persona titular de su Presidencia.
14.º Una persona representante del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., designada por la persona titular de su Dirección.
15.º Una persona representante de la sociedad estatal Empresa Nacional de Innovación, SA, designada por su Consejero Delegado.
e) La secretaría del órgano colegiado corresponderá a una persona, funcionaria de carrera del subgrupo A1, del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, designada por la persona titular de su Subsecretaría, que participará en las reuniones con voz, pero sin voto.
2. En los casos de vacante, ausencia o enfermedad y, en general, cuando concurra alguna causa justificada, las personas integrantes de la comisión podrán ser sustituidas por una persona en representación del mismo ministerio, organismo o entidad pública, previamente designada por la persona que designe a la persona titular. La persona que ostente la Presidencia será sustituida por la Vicepresidencia primera, y en su defecto, por la Vicepresidencia segunda o por el miembro del órgano colegiado de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por este orden, según lo establecido en el artículo 19.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
3. La Presidencia podrá, para el mejor ejercicio de las funciones que tiene encomendadas la comisión, designar a una persona experta, que asistirá a las reuniones con voz, pero sin voto. La Presidencia podrá determinar que la persona designada ejerza sus funciones en calidad de colaborador científico y tecnológico, en virtud del artículo 19 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2024/04/09/364#art-3