Capítulo CAPÍTULO VIISecc. Sección III. Medidas para la protección del estado de las masas de agua

Art. 38

En vigor desde 11 feb 2023
Dado el carácter salino de parte del sustrato de la cuenca y la disminución prevista en las aportaciones naturales ante los escenarios de cambio climático, no se admitirán nuevos vertidos que supongan un incremento significativo de la salinidad del medio.
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eli/es/rd/2023/01/24/35#art-38-9

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