Capítulo CAPÍTULO VISecc. Sección I. Resumen de las inversiones previstas en el ciclo de planificación

Art. 30

En vigor desde 11 feb 2023
El Programa de medidas de este Plan Hidrológico viene constituido por las medidas que se describen en el anejo 10 de la Memoria. Las inversiones previstas a los distintos horizontes temporales son las que se indican en los cuadros que se incluyen como apéndice 11, clasificadas por tipología, finalidad y administración financiadora, atendiendo a los requisitos de documentación establecidos en el artículo 81.1.b) del RPH.
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eli/es/rd/2023/01/24/35#art-30-9

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