Art. 2
En vigor desde 7 abr 2001
El Consejo Superior de Política de Inmigración es un órgano colegiado, de coordinación y cooperación entre la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades locales, adscrito orgánicamente al Ministerio del Interior.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2001/04/04/344#art-2