Art. Preambulo

En vigor desde 25 mar 2007
El programa MaB «Persona y Biosfera» de la UNESCO es desde su establecimiento a principios de los años setenta un interesante instrumento para formular criterios y ejemplificar un nuevo modelo de relación del ser humano con la naturaleza. Esa primera intención demostrativa ha quedado palpablemente avalada con el paso de los años al consolidarse políticas de uso racional y desarrollo sostenible. Un ejemplo particular de estas intenciones y objetivos son las Reservas de la Biosfera, espacios singulares que, sin que ello implique necesariamente un régimen jurídico especial, son así reconocidas por la UNESCO como áreas de referencia donde ejemplificar una nueva manera de relación del hombre con la naturaleza. En este sentido, la misión del Programa Español «Persona y Biosfera» es desarrollar, demostrar, promover y presentar relaciones armoniosas del ser humano con su entorno. A largo plazo, el objetivo del programa es, desde la difusión, la divulgación y la proyección exterior, contribuir a formalizar una alianza entre administraciones, sectores sociales, gestores de espacios y sociedad civil, que proyecte la cooperación, la experimentación y la investigación interdisciplinar, para impulsar la sostenibilidad del desarrollo. El programa MaB está integrado genéricamente en la Comisión Nacional Española de Cooperación con la UNESCO. Esta Comisión, de conformidad con el artículo 7 del Real Decreto 173/2004, de 30 de enero, por el que se reestructura la Comisión Nacional Española de Cooperación con la UNESCO, se configura como órgano colegiado adscrito a la Agencia Española de Cooperación Internacional del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. Tal configuración es respetuosa con las competencias de cada uno de los Ministerios representados en el Consejo Ejecutivo de la misma, entre los que se encuentran los Ministerios de Educación y Ciencia y de Medio Ambiente, y, en su caso, con las correspondientes, por la naturaleza del asunto a tratar, a cualquier otro órgano de la Administración General del Estado. Sus funciones principales son las de asesoramiento y canalización de la participación en relación con la UNESCO. Sobre estas premisas, y desde la óptica de la colaboración institucional, el Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, que desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, consagró en su artículo 5.4 al Organismo Autónomo Parques Nacionales, del Ministerio de Medio Ambiente, como organismo público encargado de la coordinación del desarrollo del Programa MaB «Persona y Biosfera» de la UNESCO. A la vista de todo lo anterior, el presente real decreto, además de precisar el alcance de sus funciones, en la perspectiva de su integración global en la actividad que genéricamente desarrolla la Comisión Nacional Española de Cooperación con la UNESCO, incorpora una nueva regulación del actual Comité Español del Programa MaB de la UNESCO, donde se consagra una presencia institucional de la Comisión Nacional Española de Cooperación con la UNESCO, así como la participación de representantes de las administraciones públicas estatal, autonómica y local y demás sectores sociales públicos o privados implicados en los procesos de desarrollo sostenible que se ejemplifican en las Reservas de la Biosfera españolas. La configuración de dicho Comité Español del Programa MaB de la UNESCO como órgano colegiado interministerial cuyo Presidente tiene rango superior al de Director General requiere una norma con rango de real decreto, de acuerdo con lo previsto en el artículo 40.2 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. En su virtud, a propuesta de la Ministra de Medio Ambiente, previa aprobación del Ministro de Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9 de marzo de 2007, D I S P O N G O :
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eli/es/rd/2007/03/09/342#preambulo-preambulo

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