Art. Disposición final primera
En vigor desde 23 jun 2018
El presente real decreto se dicta al amparo de lo establecido en el artículo 149.1.13ª de la Constitución española, que atribuye al Estado competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2018/05/25/337#disposicion-final-primera