Capítulo CAPÍTULO VI

Art. 41

En vigor desde 6 feb 2026
1. El personal funcionario o laboral del Centro de Estudios Jurídicos se regirá por la normativa sobre función pública y legislación laboral aplicables al resto del personal de la Administración General del Estado. 2. El régimen jurídico aplicable para la contratación será el dispuesto en la legislación de contratos del sector público. Se modifica por el art. único.9 del Real Decreto 64/2026, de 4 de febrero. Ref. BOE-A-2026-2620

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eli/es/rd/2019/04/26/312#art-41

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