Capítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 1.ª De la formación inicial

Art. 21

En vigor desde 12 may 2019
1. La selección de los aspirantes a los Cuerpos de los Letrados de la Administración de Justicia, Médicos Forenses, Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses y, en su caso, demás personal al servicio de la Administración de Justicia se realizará mediante convocatoria pública, de acuerdo con los principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad, de la manera prevista en la legislación vigente. 2. La Ministra de Justicia, con sujeción a lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, y en las demás disposiciones aplicables, aprobará, oído el propio centro, mediante orden, las normas de convocatoria de la oposición, concurso o concurso-oposición para el acceso al Centro de Estudios Jurídicos.
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eli/es/rd/2019/04/26/312#art-21

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