Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición final cuarta

En vigor desde 6 may 2022
Se autoriza a la persona titular del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para dictar, en el ámbito de sus propias competencias, las normas de ejecución y desarrollo del presente real decreto. Asimismo, se autoriza a la persona titular del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para incorporar las modificaciones técnicas derivadas de la normativa comunitaria aplicable.
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eli/es/rd/2022/05/03/310#disposicion-final-cuarta

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