Capítulo CAPÍTULO III

Art. 20

En vigor desde 31 jul 2016
El grupo técnico, al que hace referencia el artículo 7 del presente real decreto, asociado a las pruebas de la evaluación final de bachillerato estará constituido por cuatro expertos por cada una de las materias, dos seleccionados entre los cuerpos de catedráticos de enseñanza secundaria, profesores de enseñanza secundaria e inspectores de educación, y dos seleccionados entre profesorado universitario.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2016/07/29/310#art-20

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil