Capítulo CAPÍTULO II
Art. 15
En vigor desde 31 jul 2016
El grupo técnico, al que hace referencia el artículo 7 del presente real decreto, asociado a las pruebas de la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria estará constituido por tres expertos, por cada una de las materias, seleccionados entre los cuerpos de catedráticos de enseñanza secundaria, profesores de enseñanza secundaria e inspectores de educación.
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Proeli/es/rd/2016/07/29/310#art-15