Art. Disposición derogatoria
En vigor desde 26 nov 1982
Uno. Quedan derogados el Reglamento de Policía de Espectáculos Públicos de tres de mayo de mil novecientos treinta y cinco y todas las disposiciones de igual o inferior rango que el presente Reglamento, en la medida en que se opongan a lo dispuesto en éste.
Dos. Los Reglamentos especiales de las distintas clases de espectáculos o actividades recreativas determinarán concretamente las disposiciones que quedan derogadas con arreglo al párrafo precedente y a sus propias normas.
Redactado el apartado 2 conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm 286, de 29 de noviembre de 1982 Ref. BOE-A-1982-31205
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Proeli/es/rd/1982/08/27/2816#disposicion-derogatoria