Art. 2

En vigor desde 1 ene 1980
El Régimen Especial de la Seguridad Social de los Futbolistas Profesionales tiene por objeto dispensar a los citados profesionales comprendidos en su campo de aplicación, así como a los familiares o asimilados que tuvieran a su cargo, la protección adecuada en las contingencias y situaciones que en este Real Decreto se determinan.
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eli/es/rd/1979/12/07/2806#art-2

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