Art. Disposición transitoria tercera

En vigor desde 13 mar 2008
Hasta la constitución de los Consejos del Agua de la parte española de las demarcaciones Miño-Sil y Cantábrico, el actual Consejo del Agua de la Confederación Hidrográfica del Norte ejercerá sus funciones, con la participación para cada confederación de los vocales del organismo de cuenca, las comunidades autónomas y los usuarios pertenecientes a su ámbito territorial.
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