Capítulo CAPITULO I

Art. 4

En vigor desde 17 abr 1991
(Anulado) Se declara nulo, por no ser ajustado a derecho, por Sentencia del TS de 4 de diciembre de 1985, según dispone la Orden de 19 de febrero de 1986. Ref. BOE-A-1986-8380 En el mismo sentido se pronuncia la Sentencia del TS de 12 de noviembre de 1990, publicada por Resolución de 10 de abril de 1991. Ref. BOE-A-1991-9388

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Pro

eli/es/rd/1982/10/15/2655#art-4

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