Título TÍTULO III

Art. 99

En vigor desde 20 dic 1998
En el área de control quedan englobadas todas las tareas de planificación, ejecución y seguimiento de las actividades relacionadas con la entrada y salida de documentos, la identificación de la estructura de los fondos y la valoración y selección de documentos. Será el área encargada de elaborar los instrumentos de control y de realizar los recuentos periódicos.
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eli/es/rd/1998/12/04/2598#art-99

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