Art. Preambulo

En vigor desde 21 dic 1996
Una vez creado el nuevo Ministerio de Educación y Cultura, mediante Real Decreto 758/1996, de 5 de mayo y, establecida su estructura orgánica básica por los Reales Decretos 839/1996, de 10 de mayo y 1887/1996, de 2 de agosto, resulta conveniente proceder a la revisión de la estructura orgánica y funciones del organismo autónomo Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, antes dependiente del Ministerio de Cultura y que ahora lo es del nuevo departamento, al que queda adscrito a través de la Secretaría de Estado de Cultura. Dicha revisión se lleva a cabo en cumplimiento de lo establecido en la disposición final tercera del citado Real Decreto 839/1996, y en uso de la autorización conferida al Gobierno por el artículo 76 de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, sobre Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social. En la reestructuración de este organismo se han tenido en cuenta los mismos criterios de racionalidad, eficacia y disminución del gasto público que han estado presentes en la reestructuración de los Departamentos ministeriales. En su virtud, a propuesta conjunta de los Ministros de Administraciones Públicas y de Economía y Hacienda, de acuerdo con el Ministerio de Educación y Cultura y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 5 de diciembre de 1996, D I S P O N G O : Redactado el párrafo cuarto conforme a la corrección de erratas publicada en BOE núm. 70, de 22 de marzo de 1997. Ref. BOE-A-1997-6154 .
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/1996/12/05/2491#preambulo-pr

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil