Título TITULO II
Art. Disposición adicional cuarta
En vigor desde 9 mar 1995
A partir de la entrada en vigor del presente Real Decreto, todas las referencias contenidas en cualquier disposición al Real Decreto 1172/1991, de 26 de julio, por el que se dictan normas para la gestión del Impuesto
sobre Actividades Económicas, se entenderán realizadas a los preceptos equivalentes de este Real Decreto.
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Proeli/es/rd/1995/02/17/243#disposicion-adicional-cuarta