Art. Artículo tercero
En vigor desde 26 ene 1996
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única.1.7 del Reglamento aprobado por Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-1996-1579 .
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1977/08/27/2398#articulo-tercero