Capítulo CAPÍTULO III
Art. 22
En vigor desde 31 dic 2004
El régimen de constitución y funcionamiento del Consejo de Administración, en todo lo no regulado en este Estatuto, se ajustará a las normas contenidas en el Capítulo II del Título II de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de las peculiaridades organizativas contenidas en la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2004/12/30/2395#art-22