Capítulo CAPÍTULO III

Art. 12

En vigor desde 24 ene 2016
En caso de incumplimiento de lo dispuesto en este real decreto, será de aplicación el régimen de infracciones y sanciones previsto en la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales, o de otro orden, que pudieran concurrir.
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eli/es/rd/2016/01/22/23#art-12

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