Art. 2
La Fundación Nacional del Teatro Real y del Teatro de la Zarzuela FSP asume los fines y objetivos que, de acuerdo con la normativa vigente hasta la entrada en vigor de este real decreto, le correspondía desarrollar al Teatro de la Zarzuela en su condición de centro de creación artístico del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM), sin perjuicio de la redefinición de esos fines y objetivos en su incorporación como fines fundacionales en los Estatutos de la Fundación, así como de las particularidades derivadas de la integración en ella de los medios adscritos hasta ahora al Teatro de la Zarzuela.
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Proeli/es/rd/2018/04/20/229#art-2